De acuerdo al Articulo 18 del Decreto 2981 de Diciembre de 2013, el cual reglamenta que los recipientes retornables utilizados para el almacenamiento de los residuos sólidos
NO DEBEN SUPERAR A LOS 
KILOGRAMOS: “Características de los recipientes retornables para almacenamiento de residuos sólidos (…)” La APC MANANTIALES DE CHUCURI informa a los usuarios del servicio de ASEO que LOS CONTENEDORES QUE SUPEREN LOS 50 KGS SERÁN
RECHAZADOS EN EL MOMENTO DE SU RECOLECCIÓN HASTA TANTO EL USUARIO AJUSTE EL PESO REGLAMENTARIO.



